El "Derecho del señor a la primera noche" era en el medievo y especialmente en América Latina, algo tan habitual que ni esposo, ni padre, ni hermanos, hacían caso alguno a tal abuso por parte de la autoridad que no tenía porque ser hombre de alta alcurnia, sino que en muchas ocasiones era el simple hacendado para el que trabajaban o el mismo empleador, siempre que dicho derecho se tomara con anticipación al casamiento de la doncella. Sin embargo, en el caso de tomarse el Derecho de Pernada tras la boda, la virginidad de la doncella era siempre ofrecida a la máxima autoridad del lugar o en su defecto al cura que había oficiado la ceremonia. Aunque nos parezca una práctica propia del civilizaciones antiguas, tales abusos sexuales se practicaron en Latinoamérica hasta finales del siglo XX. Es más, se tiene constancia de que en lugares remotos del continente, aún se sigue practicando.
No faltan historiadores que consideran que tal práctica no era realizada necesariamente con motivo ceremonial alguno, sino que era una especie de derecho señorial indicativo de sumisión. Por contra, tras la ceremonia matrimonial, no siempre era llevado a la práctica pues existía la posibilidad de saldar el derecho mediante una tasa en especie, o en metálico. Otros incluso propugnan que el tal derecho es más bien una leyenda que intenta disfrazar algún episodio aislado o alguna situación de anormalidad que los padres de la propia novia debían camuflar. De todas formas todo esto no refleja mas que la baja consideración que tenía la mujer en aquella época o en aquellos entornos en los que esta práctica se llevaba a cabo. En la Grecia Clásica ya Heródoto (siglo V a.C.) escribía que en ciertas tribus era costumbre presentar al rey a todas las doncellas casaderas (entonces tenían 12/16 años) para que, si alguna le agradase, fuera el rey el primero en "conocerla". Un siglo antes (s.IV a.C.) el historiador Heráclides Póntico ya refería que, guapas o feas, el rey de la isla de Cefalonia exigía ser el primero en yacer con todas las novias el día de su boda.
Según las costumbres germánicas el derecho a la primera cópula con la novia, que ostentaba el señor, se perdía en el caso de que el joven matrimonio entregara a éste el importe en metálico estipulado para esquivar esta obligación. Sin embargo las exigencias aumentaban en el caso de que el siervo desposara a una doncella de clase superior y mucho más si el siervo tenía que pedir prestado el importe al propio amo, ya que entonces peligraba la condición social de la joven y también de su familia, dándose cuenta de ello a la jurisdicción señorial. Tal derecho del amo se perpetuó hasta la época feudal, pero más por una cuestión impositiva que por uso y abuso de las doncellas desposadas. En el monasterio irlandés de Clomacnoise se recoge en sus anales el derecho exigido por los vikingos de poseer a todas las novias la primera noche de boda. "Y solo después podrá conocerlas el marido". Sin embargo ellos no lo hacían como un abuso sino por la tradición de que los míticos héroes célticos, emparentados con los dioses, tenían ese privilegio.
Aunque parece innegable la existencia del abuso sexual alrededor del Derecho de Pernada, muchos historiadores consideran que se le ha dado mucha más relevancia de la que realmente tuvo.
Lo cierto es que no hay pruebas de ningún tipo que apoyen el mito o la realidad pues no hay ley escrita que hable de ella.
Según algunos historiadores, "El uso de la primera noche" era más bien un ceremonial de sumisión o humillación del siervo al amo y forma de refrendar o dar validez a la unión por parte de aquel que tenía la potestad de aprobarla.
Esto no quiere decir que tales abusos no se hayan llevado a la práctica en multitud de ocasiones, pero no como algo habitual.
Si bien no hay documento alguno en el que figure el Derecho de Pernada, si los hay que confirman que el siervo precisaba del permiso del señor para llevar a cabo el casamiento.
Lógicamente tal permiso había de tener una contrapartida, que normalmente significaría una aportación en forma de tributo.
El cobro de tasas por autorización del matrimonio era lógicamente menos insultante para el esposo pero, aún así en el siglo XIII Alfonso X el Sabio en el Fuero Real indica que "...Pagará una multa de 500 sueldos y será privado de todos sus cargos "alggu ome desonrrar nouho casando nouha en día de voda". Pero reservándose la Corona la facultad de juzgar el crimen, lo cual indica que era comportamiento frecuente entre los estamentos privilegiados y que era su intención eliminar esta práctica, pero sin causar grandes problemas a sus componentes.
En la Biblioteca Nacional de Francia se conserva un texto del año 1.400 que dice: "Todo aquel que quiera contraer matrimonio en el territorio de Maur, quienquiera que sea, deberá entregarnos a la novia la primera noche de bodas o pagar por ella. Quien no lo hiciera será multado con 30 peniques.
El cobro de tasas por autorización del matrimonio era lógicamente menos insultante para el esposo pero, aún así en el siglo XIII Alfonso X el Sabio en el Fuero Real indica que "...Pagará una multa de 500 sueldos y será privado de todos sus cargos "alggu ome desonrrar nouho casando nouha en día de voda". Pero reservándose la Corona la facultad de juzgar el crimen, lo cual indica que era comportamiento frecuente entre los estamentos privilegiados y que era su intención eliminar esta práctica, pero sin causar grandes problemas a sus componentes.
En la Biblioteca Nacional de Francia se conserva un texto del año 1.400 que dice: "Todo aquel que quiera contraer matrimonio en el territorio de Maur, quienquiera que sea, deberá entregarnos a la novia la primera noche de bodas o pagar por ella. Quien no lo hiciera será multado con 30 peniques.
Otro escrito de 1.543 dice también: "El esposo debe dejar que el señor yazga la primera noche de bodas con la novia o de lo contrario pagar cinco chelines y cuatro peniques".
En ambos casos se ve claramente que se trataba de cantidades asequibles, lo que indica que no había otro afán que el puramente recaudatorio.
Finalmente Fernando II el Católico, al eliminar definitivamente estas prácticas firmando en 1.486 el compendio de Malos Usos,
Finalmente Fernando II el Católico, al eliminar definitivamente estas prácticas firmando en 1.486 el compendio de Malos Usos,
certificaba que realmente existían. En la llamada Sentencia Arbitral de Guadalupe el monarca dice entre otras cosas que: "ni tampoco puedan (los señores) la primera noche quel payés prende mujer, dormir con ella o en senyal de senyoría". Sin embargo, en América Latina el Derecho de Pernada continuó y se cree que aún es practicado en algunos rincones del continente. Hasta hace bien poco en el estado de Chiapas (México) la novia se entregaba al patrón la primera noche, como agradecimiento al pago de los gastos de la boda. Finalizando el siglo XX, algunos hacendados de Perú, Bolivia, Ecuador y Brasil, todavía ejercían el Derecho de Pernada por presiones económicas a la familia. También algunos curas en la Colonia (preparación de las jóvenes indígenas al matrimonio) las alojaban algunas noches en su casa y las desvirgaban como uno más de los pasos religiosos a recorrer ante la inminencia de la vida marital.
En fin, el sinvergüenza siempre ha engañado al inocente. ¡Y así seguimos!.
RAFAEL FABREGAT
En fin, el sinvergüenza siempre ha engañado al inocente. ¡Y así seguimos!.
RAFAEL FABREGAT
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